Proyectos de Comunicación
Proyecto COMUNICACION Telefono e Internet Parque IndustrialProyectos de Ordenanza
Año 2010
Proyecto ORDENANZA acceso información pública
Años 2009 y 2008
Proyecto ORDENANZA adhesion Decreto 929-00
Proyecto ORDENANZA tenencia responsable canes
Proyecto ORDENANZA adhesion Ley Discapacidad
Proyecto ORDENANZA acceso información pública
Proyecto ORDENANZA cartel ruta planta RSU
Proyecto ORDENANZA Concurso creación Bandera
Proyecto ORDENANZA creación Mercado Concentrador
Proyecto ORDENANZA Emergencia Sanitaria Leishmaniasis
Proyecto ORDENANZA Escudo de Puerto Rico
Proyecto ORDENANZA ExpoChacra
Proyecto ORDENANZA Himno de Puerto Rico
Proyecto ORDENANZA Plan Tránsito Ordenado
Proyecto ORDENANZA Plan Tránsito Ordenado y Rotondas (planos)
Proyecto ORDENANZA Premio Municipal Calidad
Proyecto ORDENANZA rotonda Plaza de la Madre
Proyecto ORDENANZA rotondas de acceso
Proyecto ORDENANZA venta pirotecnia
Proyecto ORDENANZA Creacion Centro Civico
Proyecto ORDENANZA Creacion Parque Central de Humedales
Proyecto ORDENANZA Creacion Parque Ecologico Monte Seguin
Proyecto ORDENANZA denominar Padre Jose Marx al Parque Industrial
Proyecto ORDENANZA Tenencia Responsable Canes
| Participación Ciudadana |
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| Escrito por Administrador |
| Sábado, 20 de Diciembre de 2008 22:41 |
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¿Cómo funciona nuestro Concejo Deliberante? La Ciudad de Puerto Rico no cuenta con una Carta Orgánica, a pesar de los anuncios realizados. Por ello, la organización de los Poderes Municipales se rigen por la Ley Provincial Nº 257 “Orgánica de Municipalidades”. En el Capítulo I - Apartado VI se detalla la constitución del Concejo Deliberante. Puerto Rico tiene cinco Concejales, tres por el oficialismo y dos que representan a la minoría electoral. El Capítulo II está destinado a establecer las facultades del Concejo Deliberante. La sanción de las ordenanzas del municipio corresponde con exclusividad al Concejo Deliberante. Las ordenanzas deberán responder a los conceptos de ornato, sanidad, asistencia social, seguridad, moralidad, cultura, educación, protección, fomento, conservación, igualdad de oportunidades entre varones y mujeres, defensa de la identidad y cultura indígena y demás estimaciones encuadradas en su competencia constitucional que estén correlacionadas con las atribuciones provinciales y nacionales. Sobre estas cuestiones el Concejo puede reglamentar, crear establecimientos, delegaciones, divisiones del municipio, decidir sobre recursos y gastos, autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a beneficios de leyes nacionales y provinciales, autorizar empréstitos, regular los servicios públicos, autorizar obras públicas y decidir sobre temas administrativos y contables. Las disposiciones que adopta el Concejo se denominan Ordenanza, Resolución, Declaración y Comunicación. Nuestro Concejo Deliberante tiene un Presidente, un Vice-Presidente y se organiza en tres Comisiones, cada una con un edil como Presidente responsable del estudio de las propuestas en el ámbito de la misma. Todos los Concejales integran a todas las Comisiones. Los nombres de las Comisiones y su Responsable:
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| Actualizado ( Domingo, 18 de Enero de 2009 14:31 ) |
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Participación Ciudadana




